Gastos Operacionales, Creditos Hipotecarios, BICE

Gastos operacionales delBanco BICE:

Durante el otorgamiento de un Crédito Hipotecario, se debe incurrir en una serie de gastos, dentro de los cuales se encuentran:

-Tasación: Valorización comercial de la propiedad, emitida por una entidad independiente del Banco.

Mediante este certificado no sólo se conoce el valor real del inmueble, sino que además sirve de base para obtener el préstamo hipotecario solicitado.

-Estudio de Títulos y Escrituración: Corresponde a una revisión legal de los antecedentes de la propiedad, con el objeto de comprobar que los títulos se encuentran en regla y que no existan causales que pudieran, en el futuro, invalidar la compra del inmueble.

Una vez estudiados los títulos, se confecciona la escritura, que es un contrato en el cual se otorga el crédito y se da en hipoteca el bien a la institución que financia.

-Gastos Notariales: Servicio de redacción y legalización de escritura pública, la cual es certificada por el Notario, quien vela por la validez del documento.

-Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: Registro de carácter público donde consta dominio, hipotecas y prohibiciones que afectan a un determinado bien raíz.

-Impuesto de Timbres y Estampillas: Tributo que rige a las operaciones hipotecarias, a cancelar al Servicio de Impuestos Internos en función del monto de crédito solicitado.

Tabla de Tarifas:

TARIFAS CRÉDITOS HIPOTECARIOS

Tasación (*) UF 2,5
Estudio de títulos UF 3,0
Escrituración UF 2,0
Notaría UF 3,3
Impuesto de timbres y estampillas (**) 1,20%
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (***) 0,50%

 

 

Nota: Valores referenciales a una operación estándar de compraventa con el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo ser diferente en Regiones.

(*) Cuando en la tabla observe este signo, esta haciendo referencia al Valor mínimo tasación estándar de vivienda.

(**) Este Otro signo se refiere al Valor estimativo calculado sobre monto del crédito. El impuesto a cancelar puede rebajarse a 0,60% para las compras de viviendas nuevas DFL2 y dentro de los 2 años siguientes a la fecha de su Recepción Final.

(***) Finalmente cuando vea este signo, significa que esta Calculado sobre porcentaje de avaluo fiscal o valor de venta. El porcentaje señalado es estimativo y determinado por cada Conservador de Bienes Raíces.

 

 

 

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