Requisitos para crédito hipotecario

Las condiciones minimas para acceder a un crédito hipotecario son las siguientes:

El valor de la propiedad a financiar no debe ser inferior a UF 2.000.
El monto mínimo de financiamiento es de UF 1.000.
Los créditos hipotecarios se otorgarán por un plazo de 8 a 30 años. El Crédito Universal, por su parte, se podrá otorgar por un plazo de 15 a 30 años.

El cliente debe tener título profesional o técnico profesional.
La antigüedad laboral en la misma empresa no debe ser menor a 12 meses.
El cliente debe tener una renta mínima mensual de $1.000.000 líquidos (se podrá complementar dicha renta).

El cliente no debe tener registro de morosidades o protestos.
El plazo del crédito hipotecario más la edad del solicitante no deben exceder 75 años (edad cliente más plazo del crédito).

Tratándose del financiamiento de propiedades destinadas a inversión, el máximo a financiar será el 75% del menor valor entre la tasación y el precio de venta.
Para el caso de financiamiento de propiedades en la Región Metropolitana, éstas deberán estar ubicadas preferentemente en alguna de las siguientes comunas o sectores: Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Ñuñoa, Providencia, La Reina, Peñalolén, Huechuraba y Chicureo.

Las condiciones objetivas para el rechazo de un credito hipotecario principal son:

  • No cumplir con las Condiciones Mínimas para acceder a un Crédito Hipotecario Principal mencionadas anteriormente.
  • Incumplimiento de los parámetros objetivos de endeudamientodeterminados en la política de riesgos de Principal Créditos Hipotecarios S.A.
  • Excesiva carga financiera o de endeudamiento del cliente, determinada en la política de riesgos de Principal Créditos Hipotecarios S.A.
  • Inexistencia o insuficiencia de patrimonio o de ingresos mensuales del cliente para pagar el monto total del crédito hipotecario solicitado.
  • Relación de endeudamiento excesiva en relación con el patrimonio y los ingresos mensuales del cliente determinada en la política de riesgos de Principal Créditos Hipotecarios S.A. o en la normativa aplicable a los créditos hipotecarios.
  • Insuficiencia de garantías en los casos requeridos en la política de riesgos de Principal Créditos Hipotecarios S.A o con posterioridad al análisis de riesgo comercial, a consecuencia de la verificación de cualquiera de las condiciones señaladas en los números anteriores.
  • Antecedentes del inmueble sobre el cual se constituiría la garantía hipotecaria que impidan o dificulten su constitución.
  • Hipotecas previamente constituidas, prohibiciones, embargos u otras anotaciones en los Registros de Propiedad, Hipotecas y Gravámenes y de – Prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces respectivo que impidan o dificulten la constitución de la hipoteca.
  • Antecedentes financieros, societarios, inmobiliarios, profesionales o laborales insuficientes, incompletos, inexactos, inconsistentes, desactualizados o entregados extemporáneamente, que impiden determinar el nivel de riesgo comercial a través de la respectiva evaluación o asegurar que el cliente usará para fines lícitos el crédito hipotecario.
  • Morosidades o protestos informados y que se encuentren vigentes en conformidad a la Ley N° 19.628.
  • Incumplimiento previo de cualquier tipo de obligación contraída con Principal Créditos Hipotecarios S.A, o con sus filiales o relacionadas.
  • Verificación de un conflicto de interés a consecuencia de la contratación del crédito hipotecario.
  • Vencimiento de una promoción u oferta que permitía la contratación del crédito hipotecario solicitado por el cliente.
  • Variaciones negativas y relevantes en los antecedentes entregados por el cliente para el otorgamiento del crédito hipotecario o en las condiciones de los mercados nacionales o internacionales de deuda, bancario o de capitales que se produzcan con posterioridad a la cotización efectuada por Principal Créditos Hipotecarios S.A.

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