Alzamiento de Garantías Hipotecarias

garantiaCuando se vende la propiedad dada en garantía y con el precio de la venta se pagará la deuda o cuando se ha terminado de pagar un crédito hipotecario y no existen otras deudas asociadas a la garantía hipotecaria, el cliente puede solicitar el alzamiento de sus hipotecas y prohibiciones.

Lo mismo para el caso de un crédito comercial garantizado con prenda, terminado de pagar el crédito puede solicitar el alzamiento de la prenda. A continuación mencionaremos todas las alternativas de Alzamiento en las Garantías Hipotecarias.

Alzamiento por venta del Inmueble (con deuda vigente)

El cliente y su comprador otorgan la escritura de compraventa en la que incluyen la comparecencia del Banco y el alzamiento de la hipoteca y prohibición y solicita al Banco que éste comparezca a la escritura alzando sus garantías.

Este procedimiento se emplea cuando el cliente está vendiendo la propiedad que tiene hipoteca y que garantiza deuda vigente asociada, la que se pagará con el producto de la venta de la propiedad mediante vale vista que quedará en poder del Notario con instrucciones (Formato de Instrucciones).

Se debe incorporar a la escritura la comparecencia del Banco y la cláusula de alzamiento.

Para el caso de escrituras otorgadas en Santiago, la comparecencia del Banco la encuentra en el siguiente documento (Personería). En el caso de Regiones, puede solicitarla al Jefe de Gestión o directamente en el Mesón de Atención de Clientes de cada sucursal.

Alzamiento Integral (sólo para clientes del Banco con autorización de cargo en cuenta corriente y sin deuda vigente)

El Banco se encarga de todos los trámites necesarios para el alzamiento de la hipoteca y prohibición, incluida la inscripción en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces respectivo.

El Banco otorga la escritura de alzamiento, pero no realiza trámites de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, los que deben ser realizados por cuenta del cliente.

Para el caso de alzamiento de Hipoteca y Prohibición los costos asociados son:

    • Honorarios de Notaría: $18.000.
    • Honoraros de Servicios Legales :$30.000
    • Honorarios Conservador: Variables dependiendo de cada Conservador. Los costos de inscripción del alzamiento en el Conservador de Bienes Raíces son variables y depende de cada Conservador. En Santiago tiene un costo aproximado de $12.000. En otras ciudades a los derechos de los Conservadores se les aplica un recargo aproximado del 50% sobre el arancel fijado. La gestión de inscripción en el respectivo Conservador no tiene costo para el cliente, sólo se pagan los derechos que el Conservador cobre

Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces

Corresponde al cliente llevar al Conservador de Bienes Raíces respectivo la copia autorizada de la escritura a fin de que el Conservador cancele las inscripciones de hipoteca y prohibición.

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