Alzamiento de hipoteca

Una vez verificado el pago total de la deuda hipotecaria, la División Jurídica de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, elabora un borrador de la escritura de cancelación y alzamiento, la que posteriormente es enviada a la notaría elegida por el usuario, para su confección.

Una vez que este documento es firmado por el representante legal de la Caja (Fiscal o Agente Regional), el interesado debe retirarla de la notaría para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo; una vez inscrito, copia de tal escritura certificada por el Conservador de Bienes Raíces, debe ser remitida a la División Jurídica Institucional.

Este alzamiento de hipoteca está dirigido al deudor hipotecario,herederos o cesionarios.

Para este alzamiento se requiere:

  • Deuda hipotecaria se encuentre totalmente pagada.
  • En el caso que el deudor haya fallecido, y la hipoteca tenga carácter general, no deberá existir deuda alguna con la Caja. Debe ser solicitada por el deudor, sus herederos o un tercero debidamente autorizado mediante un poder.
  • El interesado debe designar la notaría en la cual se confeccionará la escritura.
  • Escritura de compraventa o mutuo.
  • Certificado de hipotecas o Gravámenes

Este procedimiento no tiene costo, sin perjuicio del pago de los derechos notariales y del CBR respectivo, que deben ser pagados directamente por la persona interesada.

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